LA LEY CONCURSAL OFRECE FACILIDADES PARA COMPRAR UNA EMPRESA QUE ESTÉ EN CONCURSO DE ACREEDORES

“El objetivo de la Ley Concursal es mantener la actividad empresarial, pero la realidad muestra que el 90% de las empresas concursadas acaban yendo a la liquidación. La razón es que tardan demasiado en acudir al concurso y cuando llegan, ya poco se puede hacer”, explica David Huertas, letrado especializado en Derecho Concursal. Por eso, la ley (en especial desde su última reforma, de 2011), ofrece facilidades para la venta de la empresa, sus unidades productivas y sus activos. La cuestión es: ¿por qué una empresa en concurso puede interesar a un comprador, cuando los números indican que no ha tenido éxito?
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“Realmente, no todas están en malas circunstancias”, responde Juan Aitor Lago, director de Investigación del Strategic Research Center de EAE Business School. “Hay empresas en situaciones difíciles que pueden ser reflotadas si el comprador tiene el conocimiento necesario, los contactos, u otros factores que no tiene el dueño actual”, continúa Juan Aitor.
Apto para pymes
Según el director de Investigación de EAE Business School, quienes más pueden beneficiarse son “empresas que quieran ampliar negocio, diversificar o ganar cuota de mercado. El objetivo es conseguir algo que no tengan: el personal experto, la cartera de clientes, el know-how, la tecnología, el material o la infraestructura necesarias, y la marca o reputación”.
También es una oportunidad para un emprendedor que esté pensando empezar un negocio. En ese caso, el capital que destinaría a la inversión inicial servirá para adquirir la unidad productiva y hacer los ajustes que permitan enderezar el rumbo, con la ventaja de que ya tiene las infraestructuras necesarias y la red de proveedores y clientes.
Compra ventajosa
El procedimiento concursal supone una serie de ventajas frente a la compra de una empresa que no se encuentre en ese proceso, que explicamos a continuación:
Precio de saldo. En muchos casos, “lo que se está adquiriendo no son tanto las empresas concursadas como sus activos, ya que estos suelen venderse con descuentos interesantes (sobre todo, material, máquinas y terrenos, oficinas y naves industriales)”, aclara Lago. Como añade David Huertas, “no es raro hacer ofertas con subrogación en contratos de trabajadores y alquiler y otros, y pagar solamente un euro”.
Menos deudas. La empresa concursada se adquiere “libre de las cargas más importantes”, señala el experto de Llort Abogados.
Deuda tributaria. Las cuentas pendientes con Hacienda no se transmiten.
Seguridad Social. En muchos casos, también se adquiere sin las deudas por impago de las cotizaciones sociales, aunque, según matiza David Huertas, “este punto no está claro: el juez suele facilitar la compra liberando a la empresa de estas cargas, pero puede que la Seguridad Social se oponga, en cuyo caso decidirá la Audiencia”.
*NOTA: Mediante Autorización Judicial, el juez del concurso podrá acordar que el comprador no se subrogue, en la parte de la cuantía de los salarios e indemnizaciones pendientes de pago con anterioridad a la compra, las cuales serán asumidas por el fondo de garantía salarial (FOGASA).
Dicho lo anterior, el procedimiento para comprar una empresa durante un concurso difiere de la compraventa libre.

Marián Acha 13/08/2015

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